El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess), a través de sus direcciones de Inspección y Fiscalización, Salud y Seguridad Ocupacional, y de las regionales situados en diferentes puntos del país, desde el 9 marzo hasta el 31 de diciembre del 2020 realizó un total de 10.902 verificaciones de locales de diversos tipos de actividad comercial y de producción para controlar el el cumplimiento de las medidas sanitarias por COVID-19.
Conforme a los datos brindados por las mencionadas dependencias de la cartera de Estado, que siguen realizando la tarea, se han verificado a nivel país casas comerciales, entidades bancarias y financieras, supermercados, shoppings, galerías comerciales, empresas maquiladoras, fábricas, sanatorios privados, puertos privados, mercados municipales, entre otros centros de actividad económica.
En Asunción se realizó la mayor cantidad de verificaciones, en total 2.777, seguido por los departamentos de Ñeembucú (1.474), Itapúa 1.253), les siguen Alto Paraná, Central, Presidente Hayes, Caaguazú, Amambay, Paraguarí, Concepción, San Pedro, Cordillera, Guairá, Caazapá, Boquerón y Canindeyú.
El Ministerio de Trabajo cuenta con una Guía de Control General para Establecimientos de Trabajo con relación a las medidas preventivas a ser aplicadas para evitar la propagación del coronavirus. Los locales deben contar con estaciones para el lavado de manos antes de ingresar al establecimiento, con agua, jabón, papel desechable y gel a base de alcohol al 70%, con espacio para el distanciamiento físico de 2 metros entre trabajadores, quienes deben utilizar correctamente el tapaboca, que por ley es obligatorio.
Asimismo, deben realizar control de la temperatura a toda persona que ingrese al centro de trabajo, además deben establecer un sistema de trabajo en cuadrillas y por turnos, para asegurar la rotación de empleados e identificación de los equipos. También deben contar con un dispositivo de desinfección de calzados antes del ingreso, además de un sistema de desinfección con hipoclorito de sodio (lavandina) al 5 o 6%, de uso doméstico, diluida en agua, aplicado en cada cambio de turnos en el lugar de trabajo.
El empleador debe exhibir en espacios de circulación el Protocolo de Actuación COVID-19 del Mtess y las recomendaciones y números de teléfonos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS). También debe proporcionar información y formación del COVID-19 a los trabajadores respecto a las medidas preventivas y de higiene, que tienen como propósito evitar la propagación de la enfermedad.