📌 Decreto 4331 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el Territorio Nacional por la pandemia del Covid-19, a excepción de Caacupé.
🗓️ Vigente desde el 16 de noviembre al 6 de diciembre del 2020
Se establecen las mismas medidas anteriores con algunas nuevas disposiciones:
▶️ Se permite la práctica deportiva.
▶️ Grupos de hasta catorce (14) personas, en locales habilitados para el efecto y conforme al protocolo aprobado por el MSPBS.
▶️ No se permite la disputa de competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades, ni el consumo y venta de bebidas alcohólicas en dichos locales.
▶️ Los menores de diez y ocho (18) años y mayores de sesenta y cinco (65) años no podrán participar de estas prácticas deportivas.
▶️ Actividades culturales se podrán realizar hasta un máximo de 75 personas, cumpliendo los protocolos sanitarios.
▶️ Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el MSPBS.
▶️ Los servicios funerarios y velorios, con las restricciones establecidas en el marco del protocolo de manejo de cadáveres.
✅ Se dispone la obligatoriedad del uso de las mascarillas (tapabocas) en:
▶️ Lugares cerrados.
▶️ En la vía pública.
▶️ En el transporte público de corta y larga distancia.
▶️ En aquellos lugares en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.
▶️ Es obligatorio el cumplimiento del protocolo recomendado por el MSPBS para el ingreso a los lugares y para la realización de las actividades y servicios. (Lavado de manos, distanciamiento social y uso de mascarillas)