Asunción, Agencia IP.- El Ministerio de la Mujer celebró la aprobación del Decreto Reglamentario N° 3.678 por el cual se reglamenta la Ley 5.446/15 Políticas Públicas para Mujeres Rurales, que se constituye en un avance fundamental de cumplimiento de los derechos específicos de las mujeres rurales que define la hoja de ruta de aplicación de la normativa.
La Ley 5.446/15 parte del reconocimiento de que las mujeres rurales se encuentran con obstáculos en el ámbito de la economía, de la salud, de la educación, de la participación y otros, que le impiden disfrutar plenamente de sus derechos.
En este sentido, tanto la mencionada ley como el presente decreto establecen una serie de medidas de acción positivas encaminadas a remover los obstáculos estructurales que enfrentan las mujeres rurales, en el convencimiento de que las mismas constituyen un eje fundamental de la economía rural, de la agricultura familiar y que enfrentan limitaciones a la hora del acceso a la tierra, a créditos, insumos, formación e información agrícola, entre otros.
El Estado paraguayo reconoce el potencial de las mujeres rurales y enfatiza en que la inversión que se realiza en ellas aumenta significativamente el bienestar de las familias, reduce el hambre, la malnutrición, la pobreza de ellas, sus hijos y de todo el entorno comunitario; y, por lo tanto, constituye una inversión con grandes réditos sociales para superar no solo las brechas de desigualdad de género, sino también las brechas sociales y económicas, en especial, la superación de la pobreza rural.
En este marco de responsabilidades estatales, el presente decreto pretende establecer líneas de acción para las diferentes instituciones, a los efectos de dar cumplimiento a la Ley 5446/15 sobre “Políticas Públicas para mujeres rurales”.
El decreto reglamentario priorizará la más amplia y efectiva protección a la mujer rural en situación de vulnerabilidad y ninguna disposición podrá ser entendida o interpretada de forma restrictiva, ni contraria a la Ley de Políticas Públicas para Mujeres Rurales.
En cuanto a las disposiciones finales dispone difundir en castellano y guaraní los derechos rurales de las mujeres conforme con la Ley Nro. 4251/10 “De Lenguas” y la Ley Nro. 5446/15, así como al presente Decreto Reglamentario.
Para mayores detalles acceder al link del Decreto: https://bit.ly/32HIjNS