Sector del combustible elevará el precio de las naftas este sábado

Desde el próximo 15 de febrero, todas las naftas tendrán un nuevo costo para el con­sumidor final, tras disposi­ciones que se establecen el Impuesto Selectivo al Con­sumo (ISC), señaló el titular de Distribuidoras de Com­bustibles Asociadas del Para­guay (Dicapar), Guillermo Parra. El anuncio fue ayer luego de que se interrumpiera la reunión desarrollada entre el gremio de combustibles, el subsecretario de Estado de Tributación, Óscar Orué, y el director de Aduanas, Julio Fernández.

Dijo que el Estado es intran­sigente y que no quiere entender las explicaciones que desde el gremio se hicie­ron y que los usuarios debe­rán pagar el sobrecosto que implican estas reglas que se encuentran dentro del ISC. “Aún no sabemos de cuánto será el incremento, pero desde este momento vamos a empezar a analizar y en su momento lo vamos a hacer público para su cono­cimiento”, manifestó Parra.

Los últimos días del año pasado, se realizó la primera reunión en la que el gremio solicitó eliminar los cambios establecidos en el Decreto N° 3.109/19, ya que los mismos forzarán un incremento del precio de los combustibles de entre G. 500 y G. 1.500 por litro para el consumidor final. Esa vez se decidió suspender por 45 días la aplicación de los artículos 14, 15 y 16.

El viceministro Orué señaló que la reunión quedó en un cuarto intermedio y que entre mañana y el jueves se hará otra reunión. Explicó que el sector de combusti­bles no entiende que se debe pagar impuesto por la venta del combustible ya transfor­mado (nafta 88, 90 y 97 octa­nos).

Dijo que el 20% que el importador paga en aduana es un anticipo de lo que deberá abonar por la venta de las naf­tas al público, según indica el Decreto Nº 3.109. “El artículo 107 señala que por tratarse de productos gravados por este impuesto que por su proceso de industrialización o cual­quier tipo de transformación hayan sido modificados en su estado, en sus propiedades o en sus características se con­sidera un nuevo producto y es aquí lo que ellos no conside­ran porque ya pagan el 20% en la importación de nafta vir­gen, pero al mezclar con alco­hol y generar una nafta con octanaje ya es un producto nuevo y su comercialización debe ser gravada”, manifestó.

Agregó que las naftas de hasta 88 octanos pagan 24% por la comercialización, las naftas con o sin plomo desde 88 octa­nos hasta 96,9 octanos es del 34% y aquellos que sean supe­riores a los 97 octanos paga­rán un 38%.

DISPOSICIÓN DEL DECRETO Nº 3109

Uno de los artículos cuestionados por el gremio es el artículo Nº 16 del Decreto Nº 3109/19. Explica que en importación de la nafta virgen el importador o distribuidor que hizo la transformación de esta nafta con o sin plomo de 85 octanos como mínimo; nafta de hasta 88 octanos; naftas con o sin plomo de más de 88 octanos hasta 96,9 octanos y la nafta sin plomo de 97 octanos o más deberá: primero en la Aduana, liquidar y abonar el impuesto tomando como base el valor aduanero expresando en moneda extranjera determinando por el servicio de valoración aduanera, de conformidad a lo dispuesto en el 2º párrafo del Art. 112 de la ley.

Luego, en tributación liquidar el impuesto en forma definitiva dentro del mes siguiente de la enajenación, y abonar el ISC con el promedio de venta al público en la boca de expendio al público.

El impuesto ingresado en la Aduana constituirá un anticipo del impuesto que corresponde abonar por la enajenación del bien final producido en el país. Constituirá anticipo el ISC abonado al momento de la importación de otros tipos de combustibles que se usaron al momento de la transformación. LN