Ante la temporada en la que aumentan los viajes en las rutas nacionales, la Dirección Nacional de la Patrulla Caminera recuerda a todos los conductores la obligatoriedad de la tenencia de elementos de seguridad.
En ese contexto, se destacan entre ellos dos balizas con material retrorreflectivo y el extintor de incendio vigente, cuya fecha de vencimiento anual debe ser correctamente verificada por el dueño del vehículo.
Cabe recordar que, la Ley de Tránsito y Seguridad Vial 5.016/2.014 en su Artículo 58, Inciso f, indica que para poder circular con automotor es indispensable: “Que posea matafuego y balizas portátiles normalizadas, excepto los ciclomotores, motocicletas, triciclones y cuatriciclones”.
Características de las Balizas según el Decreto Reglamentario 3427/2.015:
Cantidad: por lo menos dos que se portarán en lugar accesible.
Tipos:
1. Retrorreflectivas, con forma de triángulo equilátero, de material retrorreflectante rojo. Con soporte que asegure su estabilidad ante vientos de hasta 70 km/h.
2. Portátiles con luz propia amarilla, con visibilidad horizontal de 360° y desde una distancia de 500 metros de noche y con buen tiempo. Capacidad de funcionamiento con fuente de alimentación autónoma por 12 horas como mínimo.
La no tenencia de balizas y extintor será sancionada con las multas previstas en el marco legal vigente, que son de 4 jornales, lo que equivale actualmente a G. 412.364.