Agencia IP.- La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recuerda a los contribuyentes el calendario de vencimientos de pago de los impuestos, correspondiente a septiembre del 2022.
En los casos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)–General, Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)–General, Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) (Presunto y Especial), Anticipo IRE Régimen General, Impuesto de Zona Franca, Tributo Único Maquila y pago del IRE Simple se rigen por el calendario perpetuo.
Hasta hoy 6 de septiembre es la fecha para la confirmación de liquidación tanto para las retenciones del IVA como de los Impuestos a las Rentas. Mientras que el plazo para el pago es el 7 de septiembre, informó la Administración Tributaria.
Por otra parte, el plazo para la confirmación de liquidación de retenciones del Impuesto a los Dividendos y a las Utilidades (IDU) es hasta el 12 de septiembre, en tanto que al pago queda establecido para el 13 del presente mes.
El 15 de septiembre es el plazo para el pago de la Declaración Jurada mensual y pago del Impuesto a la Renta de No Residentes (INR) (aplica solo para aquellos proveedores de servicios digitales no residentes que cuenten o no con representación o Poder en el país) Resolución General N° 114/2022. El informe sobre productos derivados del tabaco se debe presentar el 25 de este mes.
La Administración Tributaria aclara que, en los casos en que el vencimiento, conforme a las fechas fijas de cada mes correspondiere a un día inhábil, dicho vencimiento se trasladará al primer día hábil siguiente, sin que ello implique el diferimiento de los demás vencimientos.
Entre otras observaciones, la SET agrega que, los contribuyentes con terminación de RUC 9 deberán realizar la actualización de datos del RUC en septiembre, conforme a lo establecido en la Resolución General N° 79/2021.