Todo apunta a que no habrá “muerte civil” para aquellos que no votan

La Comisión de Legislación y Codificación, a cargo del diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), decidió recomendar a la plenaria de Diputados, aceptar la objeción total del Poder Ejecutivo con relación al “Que modifica y amplia el artículo 332 de la Ley Nº 834/1996, Que establece el Código Electoral Paraguayo”.

Es un mero trámite, considerando que en la Cámara de Senadores ya se aceptó el veto del Ejecutivo. Este veto es lo que se conoce como muerte civil a los electores que no pagan la multa, por no ir a votar”, subrayó el diputado Avalos Mariño.

Diputado Avalos Mariño. Foto: Cámara de Diputados.

Esta disposición establece que los que infringieren lo dispuesto en el artículo 4, (aquellos que no votan), serán sancionados con una multa equivalente a medio jornal mínimo para actividades diversas no especificadas.

Estipula, igualmente, que en tanto dure el incumplimiento de pago de la multa establecida, tendrá los siguientes efectos: Suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación; suspensión de la emisión de pasaportes y antecedes policiales por parte del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional; suspensión de trámites ante la Dirección General de los Registros Públicos; suspensión de trámites ante la Dirección General de Catastros; suspensión de trámites ante la Dirección General de Registros del Automotor; y Suspensión de trámites administrativos ante las municipalidades.

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Renglón seguido, durante la reunión ordinaria, el estamento asesor decidió recomendar la aprobación del proyecto de ley “Que modifica los artículos 10, 11, 13, 34, 50 y 62 de la Ley Nº 1562/2000, Orgánica del Ministerio Público”, para la protección de los agentes fiscales asignados a la investigación en los casos de narcotráfico, lavado de activos y crimen organizado.

Este proyecto busca resguardar la integridad física, garantizar la vida y la seguridad de los agentes fiscales, sus vínculos familiares, en cumplimiento de los artículos 9, 12, 16, 17 y 175 de la Constitución Nacional.

Refiere a aquellas diligencias de investigación donde corran peligro de sufrir algún daño, tratándose de hechos punibles vinculados con la criminalidad organizada, la corrupción, el abuso de poder o las violaciones a derechos humanos.

Por otro lado, el diputado Mariño significó que también fueron dictaminados, positivamente, dos convenios internacionales.

En primer término, se trata del proyecto de ley “Qua aprueba el convenio sobre la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial”; y el segundo es el “Que aprueba el convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o comercial”.

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“Todos estos convenios apuntan a facilitar el traslado de todas estas notificaciones y también faculta al Estado parte a designar una autoridad de aplicación, de tal manera que se facilite los tramites y que todas las comunicaciones sean a través de esta autoridad de aplicación”, señaló.

Otra decisión, durante la reunión semanal del bloque, fue aconsejar la aprobación con modificaciones, con relación al proyecto de ley “Que regula la aplicación de la huella dactilar en los comicios”.

El documento establece que la huella dactilar será implementada como un mecanismo de identificación adicional a la cédula de identidad. “…al momento de presentar la cédula de identificación, conjuntamente, deberá dejar constancia de su huella dactilar, con el sistema biométrico instalado para el fin”, establece el documento.

“Por sugerencia del propio Tribunal de Justicia Electoral, se decidió cambiar el término, en vez de huella dactilar, será utilizado las palabras “datos biométricos”. Esto implica mayor amplitud en el sentido de que no solamente será huellas dactilares, sino incluiría facial, ya utilizado en muchos lugares”, concluyó.

El dedo entintado, la única herramienta para impedir el doble voto. Foto: LN

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