Asunción, Paraguay, Agencia IP.- El Poder Ejecutivo por medio del decreto N° 5089/2021 dispuso la modificación temporal a 7% y 8% de las tasas impositivas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para determinados productos.
El mencionado decreto modifica las tasas para cervezas y sidras con y sin alcohol, vinos de frutas, naturales o dulces, champagne y equivalentes, coñac, whisky, tequila, agua ardiente, ron, cocteles, vodka, gin, ginebra, pisco, cañas, y demás bebidas envasadas con graduación alcohólica superior a 0,5% y 30% Vol. a 20° Celsius.
La medida estará vigente hasta el 30 de junio de 2021. Transcurrido dicho plazo, a partir del 1 de julio de 2021 se aplicarán nuevamente las tasas impositivas previstas en el artículo 9° del anexo al Decreto N° 3109/2019 para la importación y primera enajenación en el territorio nacional de los productos señalados.
Los interesados en consultar el Decreto N° 5089/2021 pueden acceder a la sección Normativas/Decretos/2021 de la página web de la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET), disponible en el siguiente enlace.