El abogado alega que debe salir en libertad por la reciente modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal.
En la mañana de este jueves se está realizando la audiencia de revisión de medida cautelar de Reinaldo “Cucho” Cabaña y luego de eso se sabrá si saldrá en libertad. “La Ley se cumple no se discute. Cucho Cabaña debe salir en libertad porque el artículo 245 del Código Procesal Penal modificado recientemente así lo estipula. Tiene arraigo y ya no existe forma de obstruir la investigación porque en 8 días la Fiscalía ya debe concluir con la investigación”, tuiteó el abogado de Cucho, Pedro Wilson Marinoni.
Al respecto, habló con la radio Universo 970 AM y explicó que con la modificación del artículo 245 del Código Procesal Penal hoy día tienen la posibilidad de que Cucho pueda ser beneficiado con la prisión domiciliaria o alguna otra medida sustitutiva a la medida preventiva fundamentando de que ya no existe el peligro de fuga y de que tiene arraigo.
“En ese sentido estamos fundamentando que la investigación culmina la semana que viene por parte de la Fiscalía, ya no existe prácticamente diligencias pendientes y dentro de ese contexto tampoco se ha demostrado que Cucho Cabaña haya alterado o modificado, tratado de influir en testigos, peritos, entonces el tema de la obstrucción a la justicia ya no existe y en cuanto al arraigo presentamos un inmueble por valor de casi 4000 millones como fianza real”, mencionó.
“Tengo esperanzas de salir”, dice Reinaldo ‘Cucho’ Cabaña al dirigirse a su audiencia de revisión de medidas ante la jueza Alicia Pedrozo.
Marinoni refirió además que presentaron 4 o 5 personas como fiadores personales y ofrecen en carácter de fianza personal de cada uno casi 500 millones. “Tenemos una fianza estimativa de 6000 millones de guaraníes para justificar también la presencia del mismo y el sometimiento a la justicia. En ese contexto consideramos que están reunidos los requisitos estipulados dentro del articulo 245 con la modificación actual y debe ser beneficiado. Ofrecemos incluso un inmueble acá en la zona de la Capital para que él resida y esté cerca del juzgado para que al momento de ser llamado pueda tener acceso inmediatamente”, sostuvo.
Explicó que el hecho de que la jueza esté recusada no impide que se haga la audiencia porque hay un acuerdo de la Corte que le obliga a la misma a realizar la diligencia y después remitir los antecedentes.
“Lastimosamente a nosotros como defensa nos está trabando nuevamente esta situación porque tenemos algunas diligencias como anticipos juridiccionales” expuso.