El Tribunal de Apelaciones, Segunda Sala, rechazó la apelación al recurso de amparo planteado para impedir la marcha de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT) en Asunción. Los magistrados rechazaron de forma unánime el pedido sin analizar las cuestiones de fondo, debido a que el incidente fue presentado de forma extemporánea.
El recurso de amparo presentado por los abogados Agustín Olazar, Gilberto Maldonado y Justo Pastor Valiente contra la marcha LGTBI Asunción, organizada por Diversxs y la Coalición LGTBI, fue rechazado en primera instancia por el Juzgado Penal de Atención Permanente en Asunción, el pasado 27 de setiembre.
Ahora, el Tribunal de Apelaciones -conformado por los jueces Delio Vera Navarro, José Agustín Fernández y Cristobal Sánchez– confirmó este rechazo argumentando que la apelación fue presentada fuera del tiempo establecido.
“En atención a la norma antes señalada, tenemos que el plazo para apelar las sentencias definitivas dictadas en los juicios de amparos y las resoluciones como en la presente se deben interponer en los dos días de notificadas”, señala la resolución y aclara que el recurrente fue notificado sobre la primera resolución en fecha 28 de setiembre de 2019, mientras que el escrito de apelación fue presentado recién el 2 de octubre.
Por este motivo, el Tribunal determinó que la apelación es inadmisible.
Esta no es la primera medida adoptada en busca de impedir las manifestaciones de la comunidad LGTBI en nuestro país. El 27 de setiembre pasado, tomó notoriedad la prohibición de la realización de un evento de los activistas en Hernandarias.
La propia Intendencia de esta ciudad emitió una resolución en la que prohibía la realización de una marcha de la agrupación LGTBI, argumentando que el municipio se declaró “provida y profamilia”.
Además, el día de la marcha se registraron incidentes y agresiones entre el colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales y un grupo de manifestantes “provida”.