Por Resolución de la fiscal general del Estado, Sandra Quiñónez, se afecta a los agentes fiscales ordinarios y especializados de todo el país, para coadyuvar en el marco de las nuevas medidas de restricción para la circulación durante el aislamiento preventivo general dentro de la Emergencia Sanitaria declarada ante el riesgos de expansión del coronavirus (Covid-19), a fin de tomar las providencias necesarias para el efectivo cumplimiento de las medidas ordenadas a nivel nacional, e intervenir en caso de que se tenga conocimiento de conductas que pudieran tener relevancia penal desde el 4 hasta el 12 de abril de 2020.
Igualmente, la Fiscal General resuelve disponer que los fiscales adjuntos de las Áreas II, III IV, V, VI, VII, VII, IX, X, XI y XII y Barriales, también fiscales adjuntos de las Unidades Especializadas o fiscales delegados en caso de no contar con un fiscal adjunto a cargo, coordinen las tareas de los agentes fiscales de sus áreas, así también con la cantidad mínima de funcionarios que se considere necesaria.
Por último, establecer excepciones a: los mayores de 60 años, aquellos con enfermedades preexistentes, las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.
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