Los billetes incautados en Salto del Guairá eran de 50 y 100 bolívares.FOTO: DIARIO EL TIEMPO
La Sala Penal de la Corte Suprema ratificó la prisión preventiva de Bruno da Costa Amaral, acusado por lavado de dinero, asociación criminal y contrabando en el marco de la investigación de la incautación de los billetes de 50 y 100 bolívares de origen venezolano, registrado en Salto del Guairá. Fue al no hacer lugar al hábeas corpus reparador y genérico planteado por el abogado Jaime Gómez, defensor de Da Costa Amaral.
Los ministros Sindulfo Blanco y Luis María Benítez votaron por no hacer lugar a la presentación del acusado, mientras que Alicia Pucheta votó por hacer lugar al hábeas corpus.
Los altos magistrados en mayoría fundamentaron su resolución señalando que “conforme a las constancias, se tiene que por resolución judicial de fecha 15 de febrero del 2017 el Juzgado de Garantías resolvió ordenar la prisión preventiva de Bruno José da Costa Amaral. Dicho fallo fue confirmado por la Cámara de Apelación de Canindenyú”.
La resolución añade que “para la Sala Penal de la Corte, el pedido hecho por el abogado Jaime Gómez no reúne los presupuestos exigidos por las normas que regulan la garantía constitucional en estudio, en atención a que la privación de libertad que soporta el procesado fue ordenada por un juez de Garantías en el marco del proceso penal por “Ministerio Público c/ Bruno José da Costa Amaral s/ Lavado de dinero, Asociación Criminal y Contrabando”.
Agregan que “con las actuaciones desplegadas en el ámbito pertinente y detalladas en el informe del juzgado puede afirmarse que el presente hábeas corpus presentado ante la Corte resulta absolutamente inviable en razón de la existencia de una orden dictada por una autoridad legítimamente constituida que fuera confirmada en 3 ocasiones por el Tribunal de Apelación”.
OTROS IMPUTADOS
El Ministerio Público imputó a Bruno da Costa, José da Costa Amaral, alias “Andi”; Herilo José da Costa Amaral y a Leandro da Costa, quien tiene arresto domiciliario.
LN