Dos palabras casi idénticas, pero con una letra de diferencia. Ellas son grabar y gravar, ambas correctas, pero completamente distintas en significados. Ante la duda, verifique si usted las está utilizando adecuadamente.
La palabra gravar aparece con dos acepciones en el Diccionario de la Lengua Española. La primera: cargar, pesar sobre alguien o algo (sinónimo: cargar, pesar, gravitar). La segunda, imponer un gravamen (sinónimo: cargar, imponer, hipotecar).
En tanto, grabar, con b, tiene cuatro acepciones, aunque dos son las más utilizadas, entre ellas, la segunda: captar y almacenar imágenes, sonidos o datos en un soporte, de manera que se puedan reproducir, y la primera, abrir y labrar en hueco o relieve sobre una superficie un letrero, una figura o una representación de cualquier objeto.
Ante el uso mayoritario de grabar para referirse a grabar un video o un sonido, es posible encontrar casos en los que se confunda a esta palabra con la utilizada en lo jurídico y en lo tributario.
Algunos ejemplos habituales son: gravar impuestos y gravar o enajenar bienes, escritos correctamente en estos dos casos, pero a veces redactados de manera adecuada.
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