El pasado martes 9 de febrero, una camioneta con agentes de la patrulla caminera, zona Pedro Juan Caballero, fue vista a unos 15 kilómetros de esta capital departamental con dirección a la ciudad de Zanja Pyta, específicamente frente a una conocida pista de motocross y tambien fue visto frente al condominio Blue Lagoon Amambay a las 16.30 horas.
Llama mucho la atención, que agentes de la patrulla caminera se vean apostados, de manera sospechosa, sobre una ruta en la cual no tienen potestad de control, pues como sabemos, dicha institución solo pueden realizar controles en rutas nacionales donde el MOPC ejerce su jurisdicción, no así en las departamentales, en los caminos vecinales y en las vías municipales.
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Para entender la diferencia entre las categorías de rutas, desmenuzamos una parte de la ley que regula dicha clasificación.
Según la Ley Nº 5552, que clasifica y categoriza las rutas nacionales, departamentales y vecinales.
Se entiende por rutas nacionales:
1. Las que partiendo de la capital de la república se internan o cruzan una gran extensión del interior del país;
2. Las que atravesando dos o más departamentos conducen a capitales departamentales o municipios de primera categoría;
3. Las que por razones geopolíticas y/o socioeconómicas están destinadas a convertirse en corredores viales de integración regional del Mercado Común del Sur (MERCOSUR);
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4. Las que llegan a puertos nacionales administrados por el Estado.
Se entiende por rutas departamentales las siguientes:
1. Las que recorren todo un departamento o la mayor parte de él;
2. Las que unen a no más de dos capitales de los departamentos;
3. Las que unen una capital departamental con una ruta nacional;
4. Las que unen dos o más rutas nacionales;
5. Las que unen una capital departamental con un punto de frontera nacional
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Caminos vecinales son:
1. Los que dentro de un distrito, ligan el centro de la ciudad con sus compañías, barrios o parajes; y los que enlazan dos caminos departamentales.
Y las vías municipales son:
1. Las que se encuentran comprendidas dentro del ejido urbano, salvo las fracciones de rutas nacionales y rutas departamentales que atraviesan dicho ejido, que serán jurisdicción del ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones (MOPC)
Por lo tanto nos preguntamos: QUE HACEN LOS AGENTES DE LA PATRULLA CAMINERA APOSTADA SOBRE UNA RUTA DEPARTAMENTAL?
Quiten sus propias conclusiones
pedrojuandigital
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