Desde la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Asunción hacen un recordatorio muy detallado, de los casos en los que se prohíbe estacionar. Entérese de todas las situaciones que ni se imaginaba.
El artículo 46 del Reglamento General de Tránsito es el que estipula las prohibiciones de estacionamiento, sin importar que las calles sean empedradas o asfaltadas. El director Juan Villalba compartió la información.
Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
En las calles de sentido único, a la derecha del sentido de circulación, salvo expresas disposiciones en contrario, debidamente señalizadas
En todas las avenidas o vías preferenciales de tránsito, salvo señalización contraria.
Del lado de los números impares de los inmuebles, en el caso de las calles de doble sentido de circulación con un ancho igual o superior a dos carriles.
En las calles con un ancho inferior a dos carriles y en la calzada fuera de las líneas demarcatorias de estacionamiento. Todos los casos mencionados constituyen una falta grave. Hoy