El Directorio del Banco Central del Paraguay emitió una resolución de carácter transitorio que brinda un margen y alivio para que los productores agropecuarios puedan enfrentar la situación climática desfavorable causada por la sequía.
Las consecuencias de una prolongada e intensa sequía ya dejan entrever el impacto negativo en sectores de la actividad productiva. Solo por dar un ejemplo, según reportan desde la Unión de Gremios de la Producción ya existen parcelas de cultivos con pérdidas de entre 50% y 70%. Además, de zonas donde se registraron lluvias entre 40 y 50 milímetros, pero que no son suficientes.
Atendiendo a esta situación el Directorio del Banco Central del Paraguay estableció medidas transitorias para ayudar al sector teniendo en cuenta la situación climática.
- Se permitirá la interrupción del cómputo del plazo de la mora en la formalización de las renovaciones, refinanciaciones o reestructuraciones del capital, incluyendo los intereses devengados y otros cargos hasta la fecha del nuevo acuerdo o contrato de aquellos préstamos otorgados por entidades del sistema financiero a los productores agropecuarios pequeños, medianos y grandes que sufrieron pérdidas comprobables derivadas de efectos adversos de la naturaleza. Con ello se evitará el deterioro de la categoría de riesgo del cliente, permitiendo que se mantenga su calidad de sujeto de crédito.
- Para aquellas operaciones de plazos superiores a dos años que requieran de renegociaciones parciales, no regirá la obligación de cancelar la totalidad de la operación, pudiendo los afectados renovar/refinanciar/reestructurar solo aquellas operaciones citadas, aplicando las garantías originalmente constituidas al nuevo acuerdo.
- Con el propósito de mitigar el impacto de las previsiones necesarias sobre el saldo de la cartera beneficiada con estas medidas transitorias y dosificar la afectación a las entidades del sistema financiero, se permitirá diferir estos cargos por previsiones y reconocerlos de manera gradual en ejercicios posteriores.
- Además, las entidades financieras podrán dejar de considerar las perdidas comprobables que se deriven de los efectos climáticos (sequía) como debilidades transitorias o como dudas razonables, lo que contribuirá a preservar la categoría de riesgo de los deudores.
Estas medidas temporales contribuirán a lidiar con los efectos adversos en el sector agropecuario y financiero. FOCO