Despido de periodista radial reabre debate sobre libertad de expresión
La remoción del comunicador Jorge “Gori” Chávez, de Radio Ñandutí, por haber criticado al diputado Hugo Rubín, reabrió el debate sobre la libertad de expresión de los periodistas en medios privados. ¿Cabe que una empresa periodística despida a un trabajador por una opinión personal contra el dueño de la misma?
Esta última pregunta estuvo presente en todos los debates que se originaron a raíz del despido de Chávez, quien días atrás había calificado en su cuenta personal de Twitter de “impresentable” al diputado encuentrista Hugo Rubín, quien se había opuesto en su labor legislativa a un acuerdo cultural entre Paraguay e Irán.
Consultado por ULTIMAHORA.COM, el legislador señaló que estaba en su derecho de prescindir del trabajo de un periodista que lo insulta. Radio Ñandutí es parte del multimedios Holding de Radio, perteneciente a la familia Rubin.
Al respecto, el secretario general del Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP), Santiago Ortiz, fue tajante al expresar que el caso demuestra que muchos medios se llenan la boca con la frase “libertad de expresión”, pero que no aplican este principio con sus propios trabajadores.
Argumentó que el caso que implica al diputado Rubin es particular, ya que el comunicador había expresado una opinión personal sobre un trabajo legislativo que es de interés ciudadano, y va más allá del ámbito puramente empresarial.
“Él (Jorge Chávez) como ciudadano tiene derecho a criticar a un legislador, que a fin de cuentas es un funcionario público”, explicó Ortiz.
El representante del gremio de periodistas sostuvo que políticos de la alta esfera no pueden influir en la opinión ni “pedir las cabezas” de los trabajadores de la comunicación.
Por su parte, el periodista y columnista de Última Hora, Andrés Colmán Gutiérrez, señaló que un medio de comunicación, por más que sea una empresa privada, tiene una función y una responsabilidad social, y debe respetar principios básicos como la libertad de expresión y la objeción de conciencia del periodista, que además están garantizadas por la Constitución Nacional.
Recordó que el artículo 26 de la Carta Magna garantiza “la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión sin censura alguna”. El artículo 29 es aun más preciso, cuando dice que los periodistas “no serán obligados a actuar contra los dictados de su conciencia…”, y que podrán publicar sus opiniones sin censura en el medio en el cual trabajan, aun en desacuerdo con los dueños o directores del medio.
“El despido del periodista Chávez, por haber expresado su opinión sobre una actitud del diputado Hugo Rubín, desde su cuenta personal de Twitter, es una disposición a todas luces arbitraria, más aun cuando proviene de un comunicador, además vinculado a la propiedad de un medio y a la vez legislador (funciones que además son incompatibles por Ley y por ética periodística). Sienta un peligroso precedente, que debe ser repudiado por la ciudadanía y denunciado por los gremios de periodistas.”, reflexionó Colmán Gutiérrez
UH